Reformas en el Reglamento general de conductores
Real Decreto 971/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo. Resumen. Para adaptarlo al derecho comunitario, se reduce la edad para obtener determinados permisos. Se extiende la posibilidad de conducir con cambio automático. Obtención telemática del permiso internacional. Modificaciones en
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La reforma en el Reglamento General de Circulación se justifica por: – la evolución en el uso de los espacios compartidos en los núcleos de población, como vías públicas y aceras, donde los vehículos a motor reducen su protagonismo ante, entre otros, los llamados vehículos de movilidad personal, – estudios de siniestralidad que muestran que un peatón atropellado a 50 km/h
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Destacamos las siguientes reformas: 1) Vehículos de movilidad personal. – Definición: Vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema
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