El Ayuntamiento de Málaga abre el plazo para participar en la cuarta convocatoria de subvenciones para propietarios de viviendas con escasos recursos económicos.
En concreto, se trata una línea de ayudas destinada a pensionistas o desempleadas, empadronadas en Málaga, cuyo objetivo es favorecer el mantenimiento de la vivienda habitual y que la misma se dote de las condiciones de salubridad, ornato y conservación adecuadas, ha indicado el Ayuntamiento de Málaga en un comunicado.
La convocatoria, que fue aprobada por la junta de gobierno local el pasado 26 de abril, fue publicada este pasado lunes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), por lo que los interesados tienen a partir de este martes 20 días naturales –hasta el 27 de mayo– para presentar las solicitudes.
Así, se podrá tramitar a través de medios electrónicos del Consistorio https://sede.malaga.eu o de forma presencial en las Oficinas de Registro, en las distintas Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC) y en el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (Gestrisam).
Además, este año también se ha habilitado un número de teléfono (951 92 92 92) para ofrecer información y asistencia a las personas interesadas, han precisado.
¿Qué ayudas son?
Para esta edición se destina un millón de euros. Cada persona beneficiaria recibirá 200 euros anuales en un único pago que se realizará, preferentemente, antes del último trimestre de este año.
Así, tal y como recogen las bases de la convocatoria, disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga https://sede.malaga.eu/es/tramitacion/vivienda/detalle-del-tramite/index.html, el primer requisito para poder optar a esta subvención pasa por tener una única vivienda sobre la que se ostente algún derecho de concesión administrativa, superficie, usufructo, propiedad o copropiedad y estar empadronado en la misma.
De igual modo, solo podrá percibirse una ayuda por cada unidad de convivencia, entendiendo como tal el conjunto de personas que cohabitan en una vivienda y que figuran como empadronadas en la misma.
Asimismo, los ingresos totales de la persona beneficiaria y sus convivientes no pueden exceder el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) anual vigente para 14 pagas multiplicado por 1,7 (1.020 euros mensuales o 14.280 euros anuales distribuidos en 14 pagas).
En el caso de que el solicitante sea un pensionista que reciba la pensión mínima con el complemento del cónyuge a cargo, dicho complemento quedará excluido del cómputo para calcular el límite de sus ingresos.
Igualmente, también quedarán excluidos los ingresos que perciban los pensionistas en situación de dependencia, gran invalidez o situaciones similares para afrontar la asistencia por parte de terceros, así como las prestaciones económicas por dependencia.
¿Quién la puede solicitar?
Por último, los solicitantes deben tener domiciliados los tributos municipales de IBI y IVTM y, en el caso de las personas desempleadas, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) al menos durante seis meses durante los últimos 12 meses anteriores a la solicitud.
Tras la primera convocatoria de esta línea de ayudas en 2021 se ha creado un censo de personas reconocidas como beneficiarias para que puedan mantener esta condición tras la revisión del cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria. De este modo, se da continuidad a la iniciativa y se facilita la gestión de las ayudas económicas, de las que el año pasado se beneficiaron un total de 3.950 personas.
Estas mismas personas podrán seguir percibiendo la ayuda si mantienen los requisitos que le otorgaron derecho a ello y al mismo tiempo se incorporarán aquellas otras que así lo soliciten.
Fuente: La Opinión de Málaga