Todos los teléfonos móviles tienen herramientas o se pueden configurar aplicaciones para que puedas grabar una llamada de teléfono, bien en los ajustes de cada dispositivo o por medio de aplicaciones. Tanto si lo has utilizado en alguna ocasión, como si no, te interesa saber hasta qué punto es legal esta práctica o si estás incurriendo en un delito.
¿Cuándo es legal grabar una conversación telefónica?
Lo primero sería distinguir entre grabaciones propias o ajenas. Las propias se realizan cuando la persona es parte de la conversación, mientras que las ajenas son aquellas que han sido grabadas por terceros que no pertenecen a la conversación.
En España, es legal grabar una conversación telefónica propia, es decir, si tú eres uno de los participantes de dicha llamada, incluso aunque no se avise a los otros interlocutores de que se está grabando dicha conversación. Además, es una prueba legal también para poder utilizar en un juicio siempre que no haya ningún tipo de coacción, provocación o engaño de la persona que está grabando.
Así lo reconoció una sentencia del Tribunal Supremo en 2016 (STS 3585/2016): «La presentación al proceso de grabaciones de conversaciones particulares efectuadas por uno de sus protagonistas no infringe el derecho al secreto de las comunicaciones, pues este derecho no puede utilizarse frente a los propios intervinientes en la conversación».
¿Cuándo es un delito grabar una conversación telefónica?
Está prohibido y, por tanto, es ilegal grabar cualquier conversación de la que no se es partícipe. Es decir, las grabaciones a terceros, y puede acarrear penas incluso de prisión ya que se está vulnerando la intimidad de otras personas o descubriendo secretos, sin contar con su consentimiento.
En este sentido, el artículo 18.3 de la Constitución Española establece que «Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial».
¿A qué infracciones te enfrentas y cómo se castiga?
Se puede considerar un delito grave contra la intimidad y de revelación de secretos. Estos delitos están contemplados en el artículo 197.1 del Código Penal: «1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses».
Además, para todos los casos, tanto si es una grabación propia como ajena, es ilegal la difusión de dicho audio sin avisar a los afectados. Porque en este caso, incurriría de nuevo en un delito contra la intimidad o de revelación de secretos.
¿Qué puedo hacer para que no me graben las llamadas?
Lo principal es disponer de las últimas versiones del sistema operativo de tu dispositivo, ya que, por ejemplo, los teléfonos Android aplican ciertas leyes que advierten a los usuarios en caso de que una conversación esté siendo grabada.
Pero a veces, se utilizan algunas aplicaciones espía que el propio sistema Android no reconoce y puede no informarte de esa grabación. En estos casos, es posible que notes algunas peculiaridades en las llamadas como: interferencias extrañas, ruidos de fondo o eco. Para estas posibilidades también existen aplicaciones móviles que sirven de encriptación, lo que hace imposible grabar una llamada de teléfono.